Corte ordena eliminar funa a mujer que expulsó a turista de playa de Metri
En un fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió la solicitud de Ximena Schott de borrar la funa original de Facebook de Fernanda Nieto en su contra tras los incidentes ocurridos el 12 de febrero de este año.
En el vídeo, que se viralizó rápidamente en las redes sociales y medios de comunicación, la mujer obligaba a la joven turista a abandonar la playa de Metri, ubicada en la Carretera Austral, por encontrarse supuestamente en su propiedad.
La joven Fernanda Nieto subió a su perfil el video donde registra este conflicto, haciendo un llamado a funar a la persona que la expulsó de la playa. Es por este motivo que Ximena Schott presentó una acción de protección, buscando que la publicación se elimine de las redes sociales. Según Schott, en momentos previos al registro, Nieto le habría pegado y lanzado latas de cerveza.
En la grabación, la mujer en un principio declara que el lugar estaba prohibido para su uso público por ser un lugar de conservación. Sin embargo, luego cambia su discurso, señalando que se trataba de propiedad privada. Más tarde, diversas autoridades desmintieron ambas aseveraciones.
La decisión de la Corte
La sala de la Corte de Apelaciones acogió el recurso de protección presentado por Schott por 2 votos a 1. En el fallo del tribunal se indica que “se ordena a la recurrida eliminar las publicaciones efectuadas en relación con la recurrente y abstenerse, en lo sucesivo, de publicar nuevas imputaciones o llamados a ‘funa’ ya sea por Facebook u otras redes sociales”.
Por su parte, el ministro Rondini fue quien estuvo por rechazar. El juez consideró que “la publicación de Facebook, en cuestión, reviste un carácter descriptivo, efectuada con la finalidad de evitar que le suceda lo mismo a otras personas, por lo que no constituye un acto ilegal o arbitrario. Sin perjuicio que además fue realizada en un lugar respecto del cual la recurrente no puede alegar una legítima expectativa de privacidad”.