Comisión de Trabajo despachó reajuste al sueldo mínimo: Derecha se abstuvo

La comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó en particular este lunes el proyecto de ley que permite alcanzar, con gradualidad, los $500 mil a partir de julio del próximo año y que incluye un subsidio a las micro, pequeñas y medianas empresas.

De este modo, el proyecto, que se originó tras alcanzarse un acuerdo entre el Ejecutivo y la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), será revisado por la comisión de Economía de la Corporación.

Si bien la iniciativa fue visada sin votos negativos, contó con las abstenciones de parlamentarios de la UDI y RN, quienes fundamentaron su determinación pidiendo escuchar a las pymes en la instancia.

Acuerdo

Cabe destacar que el pasado 17 de abril, el Gobierno y el principal sindicato del país, la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), acordaron aumentar de manera gradual el sueldo mínimo, desde los actuales $410 mil hasta los $500 mil en julio de 2024.

Si la medida es aprobada por el Congreso, se trataría de la segunda alza del salario mínimo conseguida por el Ejecutivo, qué llegó al poder en marzo del 2022 prometiendo acabar su administración (marzo 2026) con un salario mínimo de $500 mil.

La iniciativa

Como medida principal, el proyecto establece el alza del salario mínimo hasta alcanzar los $500.000 durante el próximo año, a través de la siguiente gradualidad: un incremento desde los actuales $410.000 a $440.000 el 1 de mayo de 2023; luego, a $460.000 el 1 de septiembre de 2023; y, posteriormente, a $500.000 el 1 de julio de 2024.

Además, en el caso que el IPC acumulado durante 2023 supere el 6%, se realizará un alza previa de $10.000 el 1 de enero de 2024, quedando el salario mínimo en $470.000 en dicha fecha, para luego continuar con la gradualidad antes mencionada.

Posterior a esa fecha, a todo evento, se acordó efectuar un reajuste automático del ingreso mínimo mensual conforme el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que se registre entre los meses de julio-diciembre de 2024 y que se concretará en enero del 2025.

De este modo, y de aprobarse el proyecto, se cumpliría en torno a dos años uno de los compromisos del programa del Gobierno del Presidente Gabriel Boric, que es, durante su mandato, llegar a un salario mínimo mensual de $500.000.

Además, el proyecto de ley presentado por el Ejecutivo, en acuerdo con la CUT, también contempla reajustar los tramos de la Asignación Familiar a partir de mayo 2023, lo que aumentará la cobertura y los beneficios de los actuales afiliados, fijándose los siguientes tramos:

  • Primer tramo para beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda los $515.879.
  • Segundo tramo para beneficiarios que su ingreso mensual supere los $515.879 y no exceda $753.496.
  • Tercer tramo para beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $753.496 y no exceda $1.175.196.

En tanto, respecto de los beneficiarios cuyo ingreso sea superior a $ 1.175.196, no tendrán derecho a asignación.

En torno al Subsidio Mensual para alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado, que rige hasta el 31 de diciembre de 2023, según consta en la ley 21.218, se propone en el proyecto ajustar los parámetros para beneficiar a las y los trabajadores con ingresos mensuales de hasta $500.000, extendiendo su vigencia desde el 31 de diciembre de 2023 al 30 de junio de 2024, ya que al 1 de julio del mismo año el ingreso mínimo mensual alcanzará dicho monto.

Apoyo a las MiPymes

Por otro lado, y después que el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo alcanzó un acuerdo con varios gremios de las micro, pequeñas y medianas empresas, el Gobierno ingresó una serie de indicaciones para apoyar a este tipo de compañías a cumplir con el alza del salario mínimo.

En concreto, se propone un subsidio que consiste en un esquema estable de montos para cada uno de los periodos de alza del salario mínimo, el cual varía según tamaño de empresa (micro, pequeña y mediana), con el objeto de entregar mayor cobertura y protección a las microempresas.

Además, se contempla la aplicación de un mecanismo de protección que elevará los montos de este instrumento en cualquiera de los dos escenarios que se describen a continuación:

a) Cuando el nivel del empleo formal, entendido como la tasa de asalariados con cotización previsional pagadas por empleador, que informará el Instituto Nacional de Estadísticas, sea inferior a 34,5%.

b) Cuando exista una recesión técnica, es decir, cuando el nivel de crecimiento de la actividad económica del país, entendida como el PIB real trimestral desestacionalizado, que informará el Banco Central de Chile, sufra una variación negativa por dos trimestres consecutivos.