Confirman condena de libertad vigilada para carabinero que le disparó lacrimógena a adolescente en la cabeza
El día de ayer, lunes 15 de noviembre, la Corte de Puerto Montt rechazó el recurso de nulidad presentado en el denominado “caso lacrimógena”. Que buscaba anular la sentencia que condenó a 5 años de libertad vigilada al subteniente de Carabineros Rodrigo Alejandro Bustos Guajardo. Esto en calidad de autor del delito consumado de violencia innecesaria con resultado de lesiones graves. Ilícito perpetrado en enero de 2020, en el sector de la plaza de la comuna de Puerto Montt.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada, desestimó la pretensión del Ministerio Público y de los demás querellantes. Esto argumentado que la defensa del funcionario no explica ni justifica que la sentencia incurriera en un error al analizar las pruebas. En lugar de ello, busca “prescindir de la mayor parte de ellas y omitir un análisis a la manera como el tribunal las ponderó. Pretendiendo que dicha sentencia debiera sustentarse nada más que en los dichos de aquellos testigos que la defensa resalta”.
La resolución agrega que ” la fundamentación de esta causal es solo una discrepancia de la conclusión a que arriba el tribunal. Sobre la existencia de un dolo directo atribuible al acusado, sosteniendo que se trataría de una simple negligencia por incumplimiento a deberes reglamentarios”.
Y concluye finalmente que la sentencia “se ajustó a derecho, al determinar que el acusado ejecutó un acto voluntario e irracional excediendo el marco de una imprudencia, que configura una violencia innecesaria con resultado de lesiones graves, prevista como delito “.
Los hechos
El día 26 de enero de 2020, alrededor de las 23:30 horas, el subteniente Bustos, se encontraba desempeñando funciones relacionadas con el resguardo del orden público. En ese contexto, en las calles aledañas a la Plaza de Armas de Puerto Montt, “disparó con una carabina lanzagas stopper un proyectil lacrimógeno directamente a un grupo de personas que se encontraban en ese lugar, impactando en la cabeza a la víctima de 17 años de edad”.
El TOP de Puerto Montt estableció que el funcionario ejerció ” violencia innecesaria y sin motivo racional. Dado que en el sector en que se encontraba la adolescente, no había más de 30 personas. Sin que hubiera desorden o alguna situación que ameritara la intervención policial y el uso de disuasivos químicos”.
A consecuencia de la acción del Subteniente Rodrigo Bustos Guajardo, la víctima sufrió una fractura expuesta conminuta temporal derecha y un traumatismo craneoencefálico asociado a contusión hemorrágica y hemorragia subaracnoidea, que requirió intervención de neurocirugía y que tienen un tiempo de recuperación mínimo de entre 45 a 60 días, para realizar funciones, y que provocan secuelas neurológicas con un rango no determinado de tiempo, de carácter clínico grave.
Redacción: Manuela Barrueto
Fotografías: Manuela Barrueto