Desde tiempos inmemoriales que la humanidad ha evidenciado conductas que escapan a la mal llamada “normalidad” en términos sexuales. Se puede ver en la historia griega a grandes pensadores, como Heródoto, Platón, Aristóteles, ​ Jenofonte ​ y muchos otros, quienes exploraron los aspectos del amor homosexual en la Antigua Grecia.

Pero dejando de lado un poco la historia, y asumiendo la urgencia de avanzar en la no discriminación el Gobierno de Chile inició una serie de medidas que buscan establecer legalidades para avanzar en esta materia.

Ley de Identidad de Género

En diciembre del año pasado, entró en vigencia la Ley N° 21.120 que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género. En términos sencillos, esta iniciativa legal permite a las personas, el cambio de nombre y sexo registral, cuando dicha partida no se corresponda o no sea congruente con su identidad de género.

Dentro de este marco legal se distinguen dos aspectos fundamentales. Una vinculada con las personas mayores de 18 años. Otra, para quienes aún no alcanzan la mayoría de edad.

En este sentido establece tres procedimientos diferentes: el primero de carácter administrativo, y que está indicado para personas mayores de 18 años que se encuentren solteras. Otros dos de carácter judicial ante los Tribunales de Familia.

El primero de estos últimos está destinado a personas que se encuentran casadas, y cuya tramitación es muy parecida a un divorcio, con el efecto adicional de que se cambia el nombre y sexo registral de la persona solicitante. Mientras, el segundo está destinado a personas menores de 18 y mayores de 14 años, toda vez que cuenten con la autorización de al menos un representante legal (a elección de la o el adolescente trans).

Cabe resaltar que esta legalidad no contempla la posibilidad de que personas menores de 14 años puedan cambiar su nombre y sexo registral. Sin embargo, tribunales civiles ya los han autorizado en más de una ocasión haciendo uso de la citada ley 17.344 de cambio de nombres y apellidos.

Protagonistas

A un año implementada esta ley, el presidente de la colectividad MOGALETH (Movimiento de Gay’s, Lesbianas, Transexuales, y heterosexuales), Miguel Maldonado señaló que la creación de este cuerpo legal, ha permitido que quienes no se sienten identificados con su sexo natal, puedan acceder a una vida plena, tal como ellos lo desean.

“A un año de la entrada en vigencia de ley de identidad podemos ver como esta ha podido dar vida al reconocimiento de personas trans. Si bien el proceso aún presenta falencias en algunas instituciones para regular el cambio de nombre y sexo registral, hoy vemos que más de 2200 personas se han podido acoger a este proceso”, argumento Maldonado.

Agregó que: “Esperamos que instituciones como educación pueda comprender el espíritu de la ley y ajustarse a lo que está solicita. Ya que observamos una serie de documentos irregulares que se les exigió a algunas personas para dar este reconocimiento en sus documentos de estudio”.

Por su parte, la vocera de la organización, Mets Alarcón, reconoció que la promulgación de la ley de identidad de género les ha permitido rectificar y confirmar su sentir de manera social, para que sean aceptados como uno más.

“Hay que seguir avanzando en aspectos que la ley no ha considerado. Como por ejemplo, la utilización de testigos, que permite validar que nuestros actos son consecuentes al requerimiento de cambio de identidad”, aseguró Alarcón.

Indicaron además que es sumamente importante que la sociedad respete la diversidad. “Hace falta una educación integral, una salud que se ocupe y se preocupe de nuestros derechos. También es importante que se logre una inclusión social, que vaya de la mano con la disposición de ésta, declaró el vocero de MOGALETH.

Seremi de Justicia

El Seremi de Justicia de la Región de Los Lagos, Alex Meeder comentó que en la zona también se han efectuado estos trámites en lo que va del año, donde poco más de 100 personas lo han efectuado.

“Esto implica un avance en el reconocimiento y el respeto de la dignidad de las personas, sobre todo en las que no se identifican con su sexo biológico. Ahora ellos tienen ahora este espacio legal para realizar el cambio”, comentó Meeder.

Con respecto a la aceptación e inclusión por parte de la sociedad de estos temas, el seremi de justicia señaló que ha podido percatarse que los chilenos mucho antes de que se promulgara esta iniciativa legal, estaban de acuerdo a estos cambios.

“En una sociedad donde somos cerca de 18 millones de habitantes, siempre van a haber personas que no consideran el respeto a las demás personas, pero en general, la ciudadanía ha aceptado esto. Mucho antes que se promulgara la ley”.

Dentro de las estadísticas que se pudo entregar, se destaca que fueron 8 adolescentes, de entre 14 y 18 años, los que hicieron el trámite. Además, hubo un porcentaje mayor de mujeres que se cambiaron el nombre y el sexo, que hombres, donde 1286 contrastaron con 915.

Estadísticas

En este aspecto, el director (S) del registro civil de Los lagos, Pablo Yermany, señaló que, en comparativo con otras regiones, la de Los Lagos fue una de las altas en cuanto a números, a nivel país. Se destaca que hubo una alta capacitación por parte de los funcionarios del registro civil.

“Aquí hubo una capacitación de funcionarios importante, ya que mucho antes de que se promulgara la ley, nosotros como registro civil comentamos de manera mediática que se venía esta ley. Coordinándonos de manera informática para que las horas para las diferentes solicitudes puedan ser atendidas”, explicó Yermany.

En cuanto a las estadísticas regionales, el director comentó que no se puede hacer un detalle “puntilloso”, puesto que es información reservada.

Yermany esclareció que el registro civil, como institución se preocupa de efectuar este cambio a mayores de 18 años y sin registro matrimonial. Puesto que entre los 14 y los 18 se debe encargar un tribunal de justicia.

“Quienes deseen hacer el trámite, deben solicitar una hora para una audiencia especial, donde deben llegar con dos testigos. En el momento, el oficial civil le informa acerca de las consecuencias legales que tiene este procedimiento. Al terminar la audiencia, se le consulta al solicitante si desea obtener su carnet y su pasaporte”, añadió el director del registro civil

El trámite tiene una duración de 45 días hábiles desde que es ingresado el requerimiento, donde el director nacional tiene la misión de aprobarlo o rechazarlo, ya que la ley establece algunas indicaciones para asentir dicho cambio.

Redacción: Daniel Carrasco