Cámara despachó proyecto de reajuste de remuneraciones de trabajadores y trabajadoras del sector público
El texto final considera un reajuste de 2,7% para los funcionarios cuyas remuneraciones brutas sean iguales o inferiores a dos millones de pesos. En tanto que para quienes superen el mencionado margen de ingreso, el incremento será de 0,8%. Se excluyen del beneficio las altas rentas del sistema público y autoridades.
Tras un largo debate, marcado por la negativa del Gobierno de llegar a un acuerdo en materia de reajuste de las remuneraciones de los trabajadores y trabajadoras del sector público, el proyecto fue despachado. Ahora queda en condiciones de ser promulgado como ley de la República.
Puntos centrales y modificaciones
El texto concede un reajuste diferenciado, al 1 de diciembre de 2020. Para los funcionarios cuyas remuneraciones brutas sean iguales o inferiores a dos millones de pesos, el aumento será de 2,7% (equivalente al IPC acumulado a noviembre), alcanzando con ello al 90% de los trabajadores. En tanto que para quienes superen el mencionado margen de ingreso, el incremento será de 0,8%. Se excluyen del beneficio las altas rentas del sistema público y autoridades.
Adicionalmente, se contemplan los aguinaldos de Navidad y Fiestas Patrias. Así como los Bonos de Escolaridad y de Vacaciones. Estos beneficios también tienen un perfil escalonado que excluyen las remuneraciones mayores.
Por otra parte, se considera la entrega del “Bono de emergencia sanitaria Covid-19”, para los trabajadores de la salud. Así como un bono de término de conflicto, dentro de otros variados beneficios, así como normas especiales que fueron incluidas por el Ejecutivo en esta ley.
Situación SENAME
En la discusión parlamentaria se incorporó la situación de los trabajadores del Sename, que finalmente será abordado en una ley particular, según confirmó el ministro de Hacienda.
La necesidad de regular de mejor forma el teletrabajo de las instituciones públicas. Se ratificó que el bono Covid para los trabajadores de la salud se entregará también a quienes no sigan en funciones en 2021, pero que sí cumplen los requisitos en 2020. Asimismo, se llamó a aprobar los cambios para no dilatar más la aplicación de la ley.
Las modificaciones realizadas por el Senado se pueden agrupar en cuatro áreas:
A.- Normas restituidas:
Se reincorporaron al cuerpo legal las tres normas que fueron rechazadas en el primer trámite. La primera de ellas dice relación con establecer un límite de cuatro mil honorarios que pueden ser traspasados a contrata. En tanto que la segunda se relaciona con el control de horario de determinados funcionarios en funciones de teletrabajo. Ambas fueron restablecidas en los mismos términos originales.
La tercera disposición corresponde a un mecanismo de incentivo al retiro que varió en su letra y fondo. En lo medular, define una indemnización equivalente al total de las remuneraciones por año de servicio, con un máximo de seis. Siempre que tengan 75 o más años de edad al 31 de diciembre de 2020 y hagan efectiva su renuncia voluntaria entre la fecha de publicación de la presente ley y el 30 de junio de 2021. Solo se computará el tiempo en calidad de planta y a contrata. Además, se especifican otros detalles de este mecanismo de incentivo y condiciones.
B. Eliminación de normas:
El Senado eliminó dos disposiciones. Una referida al cese de labores de funcionarios del Sename y otra que elevaba de 0,6% a 3,1% la cotización que puedan percibir las Cajas de Compensación. Lo anterior vinculado a Asignación Familiar por la administración de prestaciones en situación de incapacidad laboral.
C. Enmiendas
Se hicieron ajustes en la definición de pequeño productor agrícola en lo que respecta al Instituto de Desarrollo Agropecuario.
D. Nuevos artículos
Que permita conocer la forma en que se entregará el bono especial a los honorarios del sector de salud (punto que había sido comprometido en la Cámara) y al personal del Hospital Clínico de la Universidad de Chile (J.J. Aguirre), así como al personal de los hospitales institucionales.
Para que se informe sobre el personal de jardines VTF que podrá acceder a la cobertura del reajuste del sector público.
En lo referido a suprimir una norma de la Ley de Asistentes de la Educación Pública referida al número de horas de formación presencial que deben tener los profesionales que trabajan con emisión de diagnósticos a los alumnos.
Sancionar a los operadores del transporte público que no den cumplimiento a la rebaja de tarifas a estudiantes o a adultos mayores. Para el caso se entenderá que ha incurrido en una percepción indebida del subsidio.
Redacción: Esteban Castro