Corte de Apelaciones de Puerto Montt respalda exclusión del comercio ambulante en el centro de la ciudad

  • La acción legal, interpuesta por la abogada Orietta Llauca en representación de 21 vendedores informales, argumentaba que la normativa vulneraba su derecho al libre ejercicio económico.

Un duro revés decretó la Corte de Apelaciones de Puerto Montt al rechazar el recurso de amparo presentado por un grupo de comerciantes ambulantes, confirmando la validez de la ordenanza municipal que establece un perímetro de exclusión para esta actividad en el centro de la ciudad.

La acción legal, interpuesta por la abogada Orietta Llauca en representación de 21 vendedores informales, argumentaba que la normativa vulneraba su derecho al libre ejercicio económico. Sin embargo, el tribunal determinó que la regulación no contraviene lo establecido en la Constitución.

En ese marco, la abogada Llauca reconoce  el rechazo de la Corte de Apelaciones, al aclarar que se retorcieron las alegaciones de los comerciantes ambulantes.

La abogada, Llauca continua, agregando que presentaron un recurso de apelación a la Corte Suprema por insisten que la forma en que se ejecuta la ordenanza viola los Derechos Humanos de las y los comerciantes.

En contra posición el director jurídico de la Municipalidad de Puerto Montt, Osvaldo Emhart, destacó el fallo, señalando que el objetivo primario del municipio es la recuperación de los espacios públicos y fortalecer el orden y la seguridad en la zona céntrica.

La normativa, en vigor desde el 6 de enero, ha sido implementada mediante operativos de fiscalización liderados por equipos de Seguridad Pública del municipio, con el apoyo de Carabineros, la Delegación Presidencial, Aduanas, Impuestos Internos y el departamento de Rentas y Patentes.

Sin embargo, siguen ocurriendo hechos violentos donde están involucrados la seguridad municipal y comerciantes ambulantes, donde existen personas mayores y personas en condición de discapacidad.