Resulta un poco confuso ver que para el estado, la protección de espacios naturales no tiene la prioridad necesaria, como muchos podrían pensar. Son contradictorios, en incluso inconsecuentes los discursos que escuchamos diariamente, los que pregonan el cuidado del medio ambiente, y la preocupación por las comunidades que los habitan.

Me imagino que se preguntará el porqué de mis palabras. Resulta que la defensa de los espacios naturales, que guardan una profunda vinculación y significancia para muchas personas, no está garantizada por el estado, ni por las autoridades; ni mucho menos por empresas que se dedican a la extracción o usufructo de estos recursos.

Son las propias personas, las que se ven enfrentadas a estos actos, y que en muchas oportunidades, pierden frente al aparataje legal con que cuentan estas empresas.

Hasta abril de este año, esa fue la frustración que vivieron vecinos de Hualaihue, quienes tuvieron la  gallardía de pelear por la protección de su espacio ancestral, el cual iba a ser invadido por la construcción y habilitación de una Central Hidroeléctrica de Pasada Río Negro- Hornopirén, que pertenece a la empresa Río Negro SpA.

Fue frustrante, ya que como lo señaló Denys Arriagada Antiñirre, quien es representante de la comunidad indígena Antiñirre Kimunpuche y actualmente concejal del municipio de Hualaihue, se vieron enfrentados a la determinación de la corte de Apelaciones de Puerto Montt, quien desestimó un recurso de protección presentado por esta comunidad, en contra de la empresa en cuestión.

Como lo señaló Arriagada, “la corte desestimó nuestra solicitud y no le dio lugar a nada. No les importó que se estuviera atentando en contra de la vida y biodiversidad de la zona. Nos negó la solicitud porque estábamos supuestamente fuera de plazo para presentar estas acciones legales”.

Lo bueno es que hace poco, y luego de varios esfuerzos por parte de la comunidad indígena, la Tercera Sala de la Corte Suprema revocó, esta semana, el fallo otorgado por la anterior y acogió el recurso de protección interpuesto por dichas comunidades, logrando así la paralización de las obras.

GESTACIÓN DEL PROYECTO

Tal como lo contó el concejal de la municipalidad de Hualaihue, en el 2019 la empresa Río Negro SpA llegó a la zona a presentar a las comunidades, el proyecto de instalación de una central hidroeléctrica.

En la oportunidad, y tal como lo relató Arriagada, desde la empresa se les comunicó que todas las operaciones estaban listas, con los permisos en regla, y que sólo había que comenzar a ejecutar el proyecto, pero el problema es que éste no contaba con la autorización ni la evaluación del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

“Nosotros nos enteramos de esa forma, ya que nadie nos había preguntado con antelación si estábamos o no de acuerdo con el proyecto. Le consultamos a la junta de vecinos, y nada tampoco. Somos una comunidad indígena que está ligada a esta tierra, y no se nos preguntó. Ahí nos enteramos que la bocatoma de la central estaba a 500 metros del lugar de donde la comunidad de Hualaihue obtenía el agua potable”, detalló el concejal.

En este aspecto, el dirigente contó que lograron reunir firmas y recursos para poder asesorarse con un abogado y poder presentar acciones legales en contra de la empresa, ya que esto, según sus palabras, no beneficiaba en nada a la comunidad; sólo a quienes estaban a cargo del proyecto, ya que la energía que sería obtenida de dicha central, iba a ser vendida a SAESA.

“Este lugar es muy importante para la comunidad, ya que aquí hacemos rogativas, ceremonias. Por otra parte hay organizaciones sociales que ocupan para hacer deporte, turismo ambiental, etc. Por lo que comenzamos a reunir antecedentes para poder revocar esta situación”, comentó Denys.

APARATAJE ESTATAL

El representante de la Comunidad Indígena Antiñirre Kimunpuche indicó que el permiso fue otorgado por el propio Municipio de Hualaihue, a través del departamento de obras Municipales, y que como cuenta Arriagada, llegó un oficio desde la seremi de Vivienda, donde se le indicaba a este departamento, dé el visto bueno a la solicitud de inicio de obras.

“Esto es muy lamentable, ya que tuvimos que enfrentarnos a muchos organismos estatales para poder obtener la resolución de la Corte Suprema. Imagínese que La Superintendencia de Medio Ambiente emitió un informe, luego de venir a ver el lugar, donde no plasman todo lo que le mostramos y dijimos. Junto con eso, la propia CONAF autorizó un plan de manejo para bosque nativo a metros del Parque Nacional Hornopirén, donde hacen la tala a orillas del Río Negro, además de tener los permisos vencidos”, explicó Denys Arriagada.

CORTE SUPREMA

Atendiendo los requerimientos de la comunidad indígena, la Corte Suprema desestimó la resolución hecha por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt y argumentó que todo proyecto o actividad que incurra en la afectación de recursos, áreas protegidas o sitios prioritarios para la conservación, deben ser sometidos al sistema de evaluación de impacto ambiental.

En este contexto, el diputado por el distrito 25, Fidel Espinoza valoró esta acción, y felicitó a las comunidades que llevaron a cabo estas acciones legales, y que lograron la protección de espacios que deben ser protegidos, por su significancia ambiental y cultural.

“Sus reclamos rinden frutos ante este fallo de la corte Suprema, la cual paraliza las obras del proyecto, obligando que se someta al Sistema de Evaluación Ambiental, como siempre debió haber sido, ya que éste podría provocar impactos a nivel ambiental, por lo que si se desea continuar, debe respetar todas las indicaciones que la normativa legal en Chile exige”, comentó el parlamentario.

Tal como lo señaló el parlamentario, el proyecto que pretendía establecerse a 500 metros de distancia de la fuente de agua potable de Hualaihue, no se sometió al estudio de impacto ambiental, ni fue sometido a consulta ciudadana.

El congresista del PS agregó que esto es un triunfo para las comunidades, ya que este fallo enfatiza lo que la ciudadanía requiere, que es la conservación de espacios ambientales que son de características únicas.

En cuanto al proyecto en sí, la corte suprema ordenó la paralización de las obras mientras no obtenga la aprobación medioambiental correspondiente, para lo cual, deberá ingresar el Proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Por: Daniel Carrasco