Se promulga ley que establece el Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres.
La ley reemplaza a la Oficina Nacional de Emergencia (ONEMI) por el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres y le entrega nuevas facultades al organismo.
El Presidente de la República, promulgó este martes la ley que establece el Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres.
La ley sustituye a la Oficina Nacional de Emergencia (ONEMI) por el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (SENAPRED). La nueva orgánica reconoce y añade los avances que se han logrado en relación a las buenas prácticas y experiencia adquirida en estos últimos años por la actual ONEMI.
La normativa se zanjo una vez, que en el Congreso se resolvió lo referido al artículo 16. Que señala que “queda clara la sujeción de la autoridad militar a la autoridad civil, por cuanto el ministro de Defensa es el interlocutor válido con las FF.AA. y cualquier empleo de medios al servicio de catástrofes debe hacerse con la autorización de la autoridad civil”, como lo expresó en su oportunidad el Senador Carlos Bianchi.
Los roles y estructura
Al nuevo servicio le corresponderá hacerse cargo de los derechos y obligaciones que eran titulares de ONEMI. No obstante, también asumirán nuevas responsabilidades y funciones.
El Servicio estará a cargo de un Director (a) Nacional, quien será el jefe superior del Servicio, mientras que en cada región habrá una Dirección Regional del Servicio, a cargo de un Director(a) Regional.
Dentro de sus principales funciones están: asesorar al Comité Nacional, coordinar y supervisar la ejecución de los Instrumentos de Gestión del Riesgo de Desastres (GRD), asesor y apoyar a los integrantes del Sistema en el desarrollo de capacidad para la GRD.